III
DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, ZAPATA ANGULO EDGAR OMAR y DANABELYS ELENA BRITO LOSADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 16.677.919 y V- 20.781.714, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 24 de noviembre de 2011, Acta Nro. 250.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copia certificada de la presente decisión, asimismo .....