SE DECLARO PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso de apelación; y en consecuencia:1) sustituye la Medida privativa de libertad que pesa sobre el imputado Carlos Humberto Sierra Acosta, por la presunta comisión del delito de Robo Genérico en grado de Frustración previsto y sancionado en el artículo 455 en armonía con el artículo 80(tercer párrafo) ambos del Código Penal vigente ; por Medidas cautelares menos gravosas, consistentes en : A) Presentación periódica (una vez al mes) ante el respectivo tribunal de control Nº 01 con sede en Calabozo; B) Prohibición de salida de la jurisdicción del Estado Guárico y del Estado Apure, durante un (01) año, sin la autorización por escrito del respectivo Juez de control, cuando se trate de motivo justificado. 2) Revoca la decisión por lo que respecta a la comisión del delito de Tentativa de Robo de Vehículo Automotor tipificado en el artículo 7 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, al no estar demostrada la corporeidad del mismo. S.....