De la interpretación de la norma y del criterio de la Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, supra citados se desprende que el recurso de apelación debe cumplir con el requisito de exponer los argumentos fácticos y jurídicos en que se sustente dicho mecanismo procesal de impugnación, ahora bien en el caso que nos ocupa esta juzgadora observó de la revisión del escrito de apelación presentado, que el mismo contiene los fundamentos de hecho y de derecho en que se funda el recurso, es decir cumple con el requisito exigido tanto por la norma como por la jurisprudencia; En consecuencia este Tribunal, acuerda oír en un solo efecto la apelación interpuesta por el abogado Francisco José Carrero Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.214.324, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 63.715, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Juan Carlos Mora Pallares, de nacionalidad colombiana, cédula .....