; SEGUNDO: se ADMITE PARCIALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en contra del Joven Adulto XXX, plenamente identificado en autos anteriores, por la presunta comisión del DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en virtud de que el mismo reúne los requisitos exigidos en el artículo 570 de la Ley Ejusdem, igualmente, ADMITE TODAS Y CADA UNA DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS en dicha acusación, a saber: EXPERTO: 1.- Detective EDGAR OLIVO PIÑATE, TESTIMONIALES: 1.- Ciudadano MARCO AURELIO CAÑIZALES MARTINEZ, por ser la Víctima en la presente causa y necesario a los fines de que exponga en la Audiencia Oral sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar como ocurrieron los hechos, las características de la evidencia, así como la conducta desplegada por el sujeto activo para perpetrar el delito en su contra; 2.- Ciudadano JUAN SUBERO, distinguid.....