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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Inserción del Acta de Defunción intentada ante este Despacho por el ciudadano: HILARIO ANTONIO PRADO GOMEZ y en consecuencia, se ordena la inserción en los Libros de Registro Civil de Defunción llevados por el Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, del acta de defunción de la madre del solicitante, ZOILA ROSA GOMEZ DE PRADO (difunta), quien según los autos y recaudos acompañados a la solicitud, falleció en el caserío Los Algodones, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, el día 21 de julio de 1942, a la edad de treinta y dos años, siendo su causa de muerte un paro respiratorio, el cual le sobrevino a las dos (2) de la tarde, era de estado civil casada y no poseía cedula de identidad. Al momento de su muerte.....