DISPOSITIVA: Por lo expuesto precedentemente, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado CARLOS LUIS SÁNCHEZ CHACÍN, Fiscal Vigésimo Tercero (23º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, contra la decisión de fecha 06 de Junio de 2016, proferida por el Juzgado Único en funciones de Control con Competencia en Ilícitos Económicos del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, que acordó la revisión de medida y subsecuente concesión de la medida cautelar sustitutiva inherente al arresto domiciliario, conforme lo dispone el artículo 242.1 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano José Tomás Galindo Valleja y como consecuencia de ello, ordenó su traslado a su domicilio disp.....