declara la nulidad absoluta de la decisión dictada por el Juzgado 3° de Juicio, extensión Valle de La Pascua, de fecha 07-09-2004, en el asunto N° JP21-O-2004-000003, por no haberle dado el tramite procesal pertinente al recurso de amparo que interpuso Mercedes Carolina Sáez Acero, contra Efraín Enrique Alvarado. Se funda la decisión en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26 único aparte, 27 y 49 Constitucional.-