Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor de la Ciudadana DORIS ROMELIA CORTEZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.633.597, sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un lote de terreno municipal, constante de CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (175,50 mts2) y un área de construcción constante de TRECE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETRO CUADRADOS (13,57 Mts), ubicado en la Urbanización el Saman, vereda C-05, entre calles 4 y 5, A-28, en esta ciudad de Calabozo Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico y alinderado de la siguiente m.....