DISPOSITIVA
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Por todo lo expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la presente demanda de REIVINDICACION incoada por la ciudadana CONSUELO DE LA CARIDAD ABREU contra la ciudadana KATIUSKA ARZOLA DE PEÑA, ambas identificadas suficientemente en autos. En consecuencia, se condena a la demandada KATIUSKA ARZOLA DE PEÑA, a entregar de inmediato a la demandante ciudadana CONSUELO DE LA CARIDAD ABREU, el inmueble constituido por: Una casa unifamiliar, ubicada en la calle "Deleite" Norte N° 5, entre las calles "Descanso" y "Guasco", de esta ciudad de Valle de la Pascua, jurisdicción del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico; y comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: con casa que es o fue del señor Juan Bautista Tovar; Sur: con casa del señor Eleazar González; Este: co.....