Esta Sala de Juicio Nro. 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente demanda de Cumplimiento de Obligación Alimentaria incoada por la Abogada ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal 108° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en contra del ciudadano JAIRO FELIPE BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro.V.-10.544.332, a favor de los niños XXXXXXXXXXXX. En consecuencia, se condena al obligado alimentario, ciudadano JAIRO FELIPE BAPTISTA, a pagar por concepto de Obligaciones Alimentarias vencidas en un plazo no mayor a diez (10) días, contados a partir de la fecha en que la presente sentencia quede definitivamente firme, la cantidad de CUATROCIE.....