Se declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Héctor Sotillo, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano Renny Camero Márquez, contra la decisión dictada por el juez de control N° 03, extensión Valle de la Pascua, de fecha 20 de mayo del año 2005, mediante la cual el indicado ciudadano fue privado preventivamente de la libertad, por haber sido considerado incurso en la comisión de los delitos de robo agravado y aprovechamiento de cosa proveniente del delito, previstos y sancionados en los artículos 458 y 470 del vigente Código Penal venezolano(gaceta oficial N° 5768, extraordinario, de fecha 13 de abril de 2005). En consecuencia se repone el presente proceso al estado en que se realice nuevamente la audiencia prevista en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, con el objeto que el juez de control verifique si el hecho imputado al ciudadano Renny Camero, se trata de un delito flagrante, esto es, si su detención se produjo en algunas.....