Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en Función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD contra de ciudadano JUAN CARLOS ANDARA MIRANDA, al no estar cubiertos los requisitos exigidos en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese, Diarícese y déjese copia y remítanse las actuaciones a la Fiscalía 128 del Ministerio Público a objeto que prosigan las investigaciones. CUMPLASE.