Por lo expuesto y razonado, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Lapso de Prorroga al Ministerio Público para Presente Acto Conclusivo en el presente asunto, que se investiga contra en contra de lOS ciudadanos imputados: 1.- DANI DANIEL ZAPATA PAEZ, y 2.- WILLI ALBERTO MEDRANO, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, delitos previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 09 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, quienes se encuentra bajo MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 parágrafo primero y 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por este tribunal. Decisión conforme los artículos 26, 49 de la Constitución de la República Boliva.....