DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, efectúa el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación Fiscal en contra del imputado LUIS FERNANDO HERNANDEZ DIAZ, plenamente identificado, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano CARLOS ALEJANDRO PADILLA HERNANDEZ, en las circunstancias de modo, lugar y tiempo especificados en la acusación, todo con fundamento en el ordinal 2º del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ADMITEN de la misma forma, las pruebas ofrecidas por la Vindicta Pública, al haber acreditado la necesidad y pertinencia de las pruebas ofrecidas.
SEGUND.....