En consecuencia de lo antes expuesto y tomando en consideración los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO, por un lapso de Un (01) año al ciudadano: CARLOS LUIS LÓPEZ TORREALBA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Número V-23.566.569, natural de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 09-12-1991, de 19 años de edad, soltero, profesión u oficio economía informal, hijo de Frandys Roisnei Torrealba (v) y CARLOS LOPEZ (v), residenciado en: Barrio Vicario III, Sector El Mangal, Casa S/N, cerca de la esquina de las 7 bodegas, Calabozo, estado Guárico, teléfono de contacto: 0424-3778709, de conformidad con lo previsto en los Artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal.....