SE DECLARO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial Luzmila Armas Salcedo en contra de la decisión de fecha 03 de Febrero de 2009, emitida por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Valle de la Pascua, donde decreta una medida cautelar de aseguramiento de prohibición de enajenar y grabar, sobre un inmueble constituido por un apartamento en construcción identificado con el número A-6, ubicado en el conjunto residencial Altos de Reyes II, ubicado en la Avenida Rómulo Gallegos Oeste, Valle de la Pascua, Estado Guárico, todo de conformidad con los artículos 26, 49, 115 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 550, 585, 588 numeral 3° del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.