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DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y CON COMPTENCIA EN EL ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda intentada por el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, por COBRO DE BOLIVARES contra los ciudadanos FAUSTO JOSÉ AVILA y MARIELA HERNANDEZ RONDÓN, venezolanos, mayores de edad, domiciliado el primero en el estado Guárico y la ciudadana en la ciudad de Caracas, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.976-201 y V-5.333.197, en su orden, en su carácter de deudor principal y fiador solidario respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se condena a los demandados a pagar al BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, las siguientes cantidades dinerarias: a) CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,.....