DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO y, en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que unía a los ciudadanos LILIAN JACQUELINE GONZALEZ GONZALEZ y FRANKLIN ELIAS REYES MELGAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.928.841 y V-6.029.429, respectivamente contraído entre ellos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José Municipio Libertador del Distrito Federal, el día veintiuno (21) de marzo de 1998, según se evidencia en Acta Matrimonio, anotada bajo el Nº 25, del Libro de Registro de Matrimonios, llevados por ese Despacho.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJASE COPIA.
Notifíquese a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José Municipio Liberta.....