DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ANULA, el fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de La Pascua, mediante la cual negó el decaimiento de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad decretada al acusado MOISÉS DE JESÚS TORRES ÁLVAREZ, todo ello, a tenor de lo dispuesto en los artículos: 190, 191 y 195, del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ORDENA emitir nuevo pronunciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 6 y 173 de la referida norma adjetiva.
Diarícese, publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia de la presente decisión y remítase de inmediato el expediente.
LA JUEZ PRESIDENTA,
ABG. LESBIA LUZARDO HERNÁNDEZ.
LA .....