Por todas las razones antes expuesta, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad en contra del ciudadano JOAN ANTONIO GOTA MORGADO, venezolano, natural de San Juan de los Morrros, Estado Guárico, de 20 años de edad, nacido el 07-01-1984, soltero, profesión u oficio: Bachiller, esperando comenzar clases de Medicina en la URG, titular de Cédula de Identidad N° V-15.712.747, residenciado en la Urb. Sra. Isabel, manzana 7, casa N° 24, de esta ciudad, teléfono 0246-4319349. San Juan de los Morros, hijo de: Jhonny Gota y Sol Luz Morgado, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVE y AMENAZA DE CAUSAR UN DAÑO GRAVE E INJUSTO a una adolescente, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal en concordancia con el artículo 21.....