Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Indemnización por daños materiales intentada por la parte Actora Ciudadana MARINA JOSEFINA SILVA MARVÁEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.824.005, domiciliada en Calle Gómez, Sector El Mamey de la Asunción, Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta, en contra del Ciudadano KLEYBER OLMEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.972.792. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a favor de la actora la cantidad de CUATROCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 410.000,oo), por concepto de daño material ocasionado a su vehiculo, monto éste que se ordena indexar de.....