DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, intentada por el ciudadano JUAN JOSE GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.392.685, através de Apoderado Judicial abogada CARMEN BESTALIA PONCE GUERRA, I.P.S.A Nº 168.356, contra el ciudadano YERITZON BARBERA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de profesión Abogado, titular de la cedula de identidad Nº V-14.372.191, y se condena al demandado a lo siguiente, PRIMERO: La desocupación inmediata del inmueble libre de bienes, personas y de cosas ubicado en la avenida Los Llanos, Edificio Juma Nº 38, de esta Ciudad San Juan de los Morros, Municipio Juan German Roscio del Estado Guarico; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa que es o fue de Inés Méndez, en 15,00 ML; SUR: Con la Avenida Los Llanos antiguamente den.....