Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN solicitada y en consecuencia se ordena asentar correctamente en el Acta de Defunción del ciudadano DAVID ARNALDO GALLARDO, "que era divorciado", y no como aparece asentada en los libros de Registro Civil de Defunciones llevados por el Registro Municipal del Municipio Autónomo Francisco de Miranda del Estado Guárico, bajo el N° 566, folio 378., de fecha 18 de Diciembre de 2006, quedando así rectificada la misma. CUMPLASE.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circu.....