Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor del ciudadano PEDRO EUSTIQUIO LAYA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.624.424, sobre las bienhechurias construida en un lote de terreno Municipal, constante de MIL SETECIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS (1.721,57 mts2), ubicado en la calle Don Figueredo, sector Rómulo Gallegos I del Municipio Esteros de Camaguán del Estado Guarico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: calle don Figueredo y casa de Maria Valdez en 15,07+33,80 mts. SUR: canal de drenaje en 56,00 mts. ESTE: Carmen Castillo en 30,04 mts y OESTE: Mariluz Rivero y Maria Valdez en 13,00 + 2.....