DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: declina el conocimiento de la presente causa penal, solicitud CAPTURA Nº 141 de fecha 14-07-2009 por encontrarse solicitada por el Juzgado Octavo de Control de ESTADO ARAGUA, por el delito de HURTO AGRAVADO por lo que se declina la Competencia del presente asunto penal a la jurisdicción ESTADO ARAGUA, Asunto Nº 8C-SOL-966-09 seguida al OSWALDO RAMON MAURY FERNANDEZ titular de la Cédula de Identidad Nº 8.618.339, de 52 años de edad. En virtud de que el mismo está siendo requerido por el referido Tribunal según información aportada por el Sistema de Información Policial (SIIPOL), todo ello de conformidad a lo previsto a los artículos 57 y 61 del C.....