En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede de Protección del Niño y del Adolescente, con competencia para la fijación de la obligación de manutención, por órgano de quien suscribe, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana GEVISMAR FABIOLA JARAMILLO, venezolana, soltera, de 31 años de edad, oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.144.236, domiciliada en la calle Principal, casa S/N, sector Pega Pájaros, de esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico, en su condición de madre y representante legal de la niña (cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra el ci.....