SE DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el imputado Manuel de Jesús Delgado Delgado, venezolano, cédula de identidad Nº 12.093.496 , contra la decisión dictada en fecha 20 de Enero del 2005 por el Tribunal de Juicio Mixto Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual se le designó de oficio un Defensor Público Penal que lo represente y sostenga sus derechos en el Juicio Oral que se realizará en la oportunidad fijada por dicho tribunal, sin menoscabo que en dicha oportunidad, si comparece su defensor privado pueda éste reasumir su defensa; y por vía de consecuencia confirma la misma. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 5, 19, 102, 104, 159 del Código Orgánico Procesal Penal , en armonía con los artículos 26, 255, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.