DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DICTA: UNICO: Se Anula de oficio, el auto de fecha 22 de Febrero de 2013, dictado por el Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Guarico, extensión Calabozo, al no fundamentar debidamente los elementos jurídicos que conllevaron a ordenar la suspensión de los tramites necesario para acordar una fórmula alternativa de la ejecución de cumplimiento de pena o beneficio postprocesal, en la causa Nº JP11-P-2011-000380, nomenclatura del Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal Estado Guárico, Extensión de Calabozo signada en esta Superior Instancia bajo el Nº JP11-R-2013-000304, seguida a al penado Enrry Alquimides Escorcha, por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefac.....