Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
NIEGA la solicitud planteada por la defensora Pública Penal II Abg. Thaymid González de sustitución de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por una menos gravosa, medida esta que peso sobre el acusado PEDRO LUIS GRAU ALMEIDA, colombiano, indocumentado (tramitando cédula venezolana) y con cédula extranjera N° 77.095.960, natural de Cartagena - Colombia, nacido el día 13-05-1985, de 21 años de edad, oficios obrero, hijo de Zoila Almeida y José Antonio Grau, domiciliado en el Hotel "La Antena", sector el Médano, Zaraza, Estado Guárico, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de EXPLOTACIÓN SEXUAL, establecido en el artículo 258 de la Ley Orgánica de Protección para el Niño y el Ad.....