En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso de nulidad conjuntamente con suspensión de efectos del acto administrativo, interpuesto por la abogada Yngrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-8.623.143, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 31.312, actuando como apoderada judicial de la empresa mercantil denominada "Agroindustrias Integrales, C.A. (AGROINTECA)" debidamente inscrita por ante el registro mercantil segundo de la circunscripción judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el N° 2, tomo 34-A-Sgdo, de fecha 02 de marzo de 1.978, representada por los ciudadanos Domingos Antonio Martins Burrinhas y Antonio Francisco Lopes Salgado, extranjeros, mayores de eda.....