IV
DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, actuando en su competencia, decide:
PRIMERO: Competente para conocer de la presente Medida Cautelar Provisional, solicitada por ciudadano Hugo Manuel Millán, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.659.623, representado por el abogado Noel Vicente Andrea Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.632.072, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 233.508, contra los ciudadanos José Ramón Flores y Maurimar Flores Hidalgo, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-4.395.724 y V-22.612.966, respectivamente.
SEGUNDO: Sin Lugar la Medida Cautelar Provisional, solicitada por el ciudadano Hugo Manuel Millán, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.659.623, representado por el abogado Noel Vicente Andrea Bolívar, ve.....