En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA al condenado JAVIER ALEXANDER MORENO GARCIA venezolano, natural de Maracay de 20 años de edad, nacido el 23-06-1989, de profesión u oficio obrero, soltero, residenciado en el Barrios LOS PLACERES, Callejón Brasil, casa Nº 09, de San Juan de Los Morros, estado Guarico , y portador de la cedula de identidad N° V- 19.473.298 actualmente recluido en el Internado Judicial LOS PINOS, por el tiempo de DOS (02)AÑOS, OCHO (08) MESES, Y DIECISEIS (16) DIAS, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. En este estado este Tribunal DECRETA .....