Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente, Ciudadana IGNAMAR JOSEFINA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 9.922.918 de profesión abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.965, actuando en representación y defensa de sus propios derechos, con domicilio en la Urbanización Doña Elvira, calle las mercedes, Quinta "Gustari" de esta Ciudad. Se REVOCA, así el fallo de la recurrida Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en esta Ciudad, de fecha 21 de Noviembre de 2016, que declara sin lugar la oposición realizada por la parte demandada a la medida cautelar, a.....