SE DECIDE: PRIMERO: Se Admite la Acusación en cada una de sus partes interpuesta por la Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público, por el delito de Acto Carnal, previsto y sancionado en el Artículo 379 en su encabezamiento del Código Penal, asimismo las pruebas ofrecidas y ratificada en su acusación fiscal. SEGUNDO: El tribunal le ACUERDA al acusado JOSE HERIBERTO LORETO, antes identificados, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, conforme a lo previsto en el artículo 44 de Código Orgánico Procesal Penal, que a continuación se le imponen las siguientes obligaciones: 1.-) Ordinal Primero del artículo 44 del COPP; deberá residir en la dirección indicada ha este tribunal en el acta de la audiencia preliminar. Ordinal 2.-) Prohibición Expresa de acercarse a la Victima VICNELLYS DEL VALLE PEREZ SILVA, o visitarla. Ordinal 3.-) Presentarse periódicamente cada 30 días ante la prefectura el Caserío San José de Tiznado, por un lapsos de un años. Ordinal 4.-) Abstenerse de consumir drogas .....