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En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL seguida por el ciudadano CARLOS JOSE BARRETO CABEZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.550.869, contra la ciudadana OMAIRA ANGELINA HERNANDEZ RON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.333.153, de este domicilio, y así se decide.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Oposición efectuada en la presente causa, por la demandada ciudadana OMAIRA ANGELINA HERNANDEZ RON, suficientemente identificada en autos y así se resuelve.
TERCERO: En virtud de la presente decisión, se ordena la PARTICIÓN de los siguientes bienes:
1.- Un inmueble constituido por una parcela de terreno const.....