DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano: JOSE MANUEL GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.418.119, en su condición padre de la de cujus, LORENA YARADIT GONZÁLEZ LORETO, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.495.790, quién falleció ab-intestato el día veintinueve (29) de Mayo del año 2021, en la Ciudad de José Tadeo Monagas, Parroquia Altagracia de Orituco del Estado Guárico, según consta Acta Defunció.....