El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Mixto Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Absuelve al acusado Carlos Alberto Sira, de ser Facilitador en la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 en relación con el artículo 84 ordinal 3º ambos del Código Penal, delito por el cual la Fiscalía Tercera del Ministerio Público le presentó formal acusación, el cual fue cometido en perjuicio del Ejecutivo Regional, hecho ocurrido el 25-02-2005 en esta ciudad, por considerar que no existen elementos suficientes para comprobar la participación y responsabilidad penal del referido ciudadano en el delito imputado, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 364, 365 y 366 todos del Código Orgánico Procesal Penal, decretando el cese de la medida de co.....