DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno, denominado Fundo "Joseito", ubicado en el sector San Pablo, Parroquia Ortiz, del Municipio Ortiz del estado Guárico, constante de una superficie de ochocientos treinta y nueve mil ciento catorce metros cuadrados (839.114 mts2), alinderado de la siguiente manera, Norte: Fundo Los Escobar; Sur: Quebrada el Río; Este: Fundo los Garcías y Oeste: Fundo Los Guineos, a favor del ciudadano Juan José Bilisich Bravo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.778.060, dejándose a salvo los derechos de terceros, todo de con.....