Se declaró: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Guárico, de conformidad a lo previsto en el articulo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, en la audiencia de presentación de imputado, celebrada en fecha 17JUN2009, en el Circuito Judicial Penal, extensión Valle de la Pascua, en la cual se les otorgó al ciudadano PABLO ANTONIO RODRÍGUEZ HURTADO, medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito Robo de Vehiculo Automotor previstos y sancionados en los artículos 5 y 6 y numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor; SEGUNDO: Se REVOCA la decisión impugnada y en su lugar se DECRETA mediada privativa de libertad en contra del ciudadano PABLO ANTONIO RODRÍGUEZ HURTADO, ampliamente identificado en autos, a quien se les investiga por la presunta comisión del delito de Robo de Vehiculo Automotor previst.....