Dispositiva.
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, ejercido por el Abogado José Wilfredo Barrios Rodríguez, actuando en su carácter de Defensor Público Penal Nº 02, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Guárico; Extensión Calabozo. SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, de fecha 08 de Agosto del 2013, y publicada su texto íntegro en fecha 13 de Agosto del 2013, mediante la cual decreta Medida Privativa Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Gabriel Antonio Dos Santos,, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 19.601.179, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado,.....