SE DECLARO CON LUGAR la Inhibición interpuesta por la Juez Primera de Juicio DAYSY CARO CEDEÑO DE GONZÁLEZ, para no seguir conociendo de la causa JP01-P-2006-001497, de la nomenclatura particular del Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial, seguida a los ciudadanos WILMAN ANTONIO HERNÁNDEZ LÓPEZ y otros. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 86 numeral 7°, 87 y 94 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.