DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA UNICO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACION INTENTADO POR DECAIMIENTO DEL OBJETO, interpuesto por la Abg. GRAMELIS SPARTALIAN, en su carácter de Defensora Publica Penal Nº 06, en representación del ciudadano JOSE GIOVANNY LARA VIDAL, contra la decisión dicta en Audiencia Oral de Presentación en fecha 17 de Noviembre de 2013 y publicada en su texto integro en fecha 19 de Noviembre de 2013, por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal, San Juan de los Morros; por cuanto ha operado la perdida del interés procesal de la parte actora, en consecuencia al decaimiento y extinción de la acción rescisoria intentada dado el cese del objeto de la pretensión.