Por recibido en horas de despacho del día de hoy (01) de Noviembre de (2017), escrito contentivo de RECURSO DE HECHO, constante de Ocho (08) folios útiles, presentado por el profesional del derecho Luis Alberto Rosales Díaz, Venezolano, titular de la cedula de Identidad N° V-9.871.816, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 214.568, asistiendo en este acto a la ciudadana Anabel Cointa Mogollón Martínez, venezolana, titular de las cedula de Identidad Nº. V-9.594.601; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, da por introducido el presente recurso, y acuerda darle entrada por Secretaría, asignándole el número JSAG-479-2017, (nomenclatura particular de este despacho), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil. Y por cuanto, el recurrente señala: "...Que este Recurso de Hecho, lo interpongo sin copias certificadas, conforme al artículo 306 del CPC. Las cuales presentare cuando las entregue el tribunal A Quo y .....