PRIMERO: REVOCAR la Medida Cautelar de Protección a la Actividad Agrícola y Pecuaria, sobre un lote de terreno denominado fundo "San Jerónimo", ubicado en el sector San Jerónimo, parroquia Tucupido, Municipio José Félix Ribas, estado Guárico, constante de una superficie aproximada de noventa y dos hectáreas con cinco mil doscientos treinta y tres metros cuadrados (92 has con 5.233m2), solicitada por el abogado Nehomar Nicolás Quero Tovar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-16.075.001, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 140.725, en representación judicial del ciudadano Rafael Celestino Belisario, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.627.425.
SEGUNDO: Se ordena notificar mediante oficio al presidente de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
TERCERO: Se ordena not.....