DISPOSITIVA
Este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decretan los hechos como Flagrantes de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y el encabezamiento 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Acoge la calificación jurídica dada a los hechos por el Ministerio Publico al imputado MIGUEL ANGEL APONTE, quien dijo ser venezolano, natural de esta ciudad, de 24 años de edad, nacido el 20/10/1.985, profesión u oficio indefinida, titular de la cedula de identidad N°17.272.460, residenciado en Callejón El Cementerio Casa S/N de esta ciudad, hijo de Noris Aponte y Padre desconocido, por la presunta comisión del delito de Arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 456, primera parte y Lesiones Personales Intencionales, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de HEIDY CAROLINA REJON CABRERA. TERCERO: Se d.....