DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hechos y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE la acusación formulada por la Fiscalía 12° del Ministerio Público, en contra del imputado FÉLIX ANTONIO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES PRETERINTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado por el artículo 416, en concordancia con el artículo 419 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la adolescente A.B.M.R. (IDENTIDAD OMITIDA POR MANDATO LEGAL), todo ello de conformidad con el artículo 330.2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admite igualmente los medios probatorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 330.9 ejusdem. TERCERO.....