Se realizó auto mediante el cual este Juzgado ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las copias por cuanto constan en originales de los folios 01 al 04, 108 al 109, 115 y sus respectivos vueltos, ahora bien, se niega la certificación de los folios 69 al 70 ya que los mismos no constan en original ni en copias certificadas.