Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público, de APREHENSION EN FLAGRANCIA, del ciudadano JENKAR ANTONIO MUÑOZ RIVAS, por los delitos de VIOLENCIA FISICA y AMENAZA y previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JUANA JACQUELINE PÉREZ MUÑOZ.
SEGUNDO: Decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad al artículo 94 ejusdem.
TERCERO: Decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD a favor de la victima JUANA JACQUELINE PÉREZ MUÑOZ, conforme lo previsto en el artículo 87 ordinal 6º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, esto es, p.....