Por los motivos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
UNICO: Acuerda MEDIDA DE PROTECCION solicitada por el Fiscal Superior del Estado Guárico a la VICTIMA, ciudadano GARRIDO ORTIZ BARTOLO RAMON, titular de la cédula de identidad Nº V-3.166.589, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, calle 12, vereda 31, sector 03, casa Nº 03. Calabozo-Estado Guárico y a su grupo familiar, la cual consiste en asignarle Custodia Permanente por Funcionarios adscritos a la POLICIA DEL MUNICIPIO SEBASTIÁN FRANCISCO DE MIRANDA, de esta ciudad, a sugerencia del Fiscal Superior del Ministerio Público para protegerle su integridad física y la de su grupo familiar, estando en la obligación este organismo de cumplir la mencionada orden conforme a lo establecido en.....