Con fuerza a lo motivado precedentemente, éste Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia e Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: La inmediata libertad del Imputado ALEXANDER GUMERSINDO RODRIGUEZ , de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de esta Ciudad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Fundo Las Cotúas, Sector Las Cocuizas, de Cazorla Estado Guárico y titular de la Cédula de Identidad N° 12.475.671, en virtud de habérsele acordado MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL DE LA LIBERTAD, conforme a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada quince (15) días por ante la Comandancia de Policía de Cazorla, so pena de su revocatoria en caso de incumplimiento injustificado, por la comisión del delito de HURTO SIMPL.....